El trabajo en las obras de construcción, independientemente de los beneficios que presenta, también puede causar diferentes daños a la salud tanto de tipo físico, como psíquico, según sean las condiciones sociales y materiales donde dicho trabajo se realice. El empresario, cumpliendo con las especificaciones de normativa en materia de prevención de riesgos laborales, debe garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a través de una organización preventiva. Por ello, tiene que identificar y evaluar los riesgos que se generan durante el desarrollo de la actividad de la empresa e implantar las medidas necesarias para eliminarlos o reducir su gravedad.
Dada la peculiaridad de la actividad de la construcción, en ésta conviven dos “sistemas” que regulan la seguridad y salud de los trabajadores: el “sistema” de la empresa en la que trabaja y el que se aplica en la obra de construcción. Ambos sistemas son complementarios, es decir, la gestión de la prevención de los riesgos laborales de la obra debe tener en cuenta la gestión de la seguridad y salud laboral de las empresas intervinientes. De este modo, tanto en el ámbito de la empresa como en el de la obra, la actividad preventiva debe encaminarse a evitar o disminuir los riesgos derivados de la realización de las tareas que puedan afectar a la seguridad y salud del trabajador.
Nuestros expertos peritos arquitectos, realizarán de la forma más profesional y exacta informes periciales sobre riesgos laborales en obras.
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